Con el fin de contribuir a la limpieza de la ciudad y acompañando el esfuerzo que vienen haciendo los distintos sectores de la Intendencia de Salto para mantener a la urbe en las mejores condiciones posibles, el Intendente de Salto, Dr. Andrés Lima y el Secretario General de la comuna, Lic. Fabián Bochia, redactaron una resolución que impondrá sanciones a las personas que incumplan con la normativa y arrojen residuos en la vía pública.
Este lunes, el Secretario General de la Intendencia, Lic. Fabián Bochia junto al Encargado de la Unidad de Recolección y Barrido de la comuna, Fernando González dieron a conocer los detalles de la normativa que apela a que la población ajuste su conducta, tendiendo a una ciudad más limpia.
“Queremos mejorar el estado de la limpieza, así como de los servicios públicos, la gente ve como está quedando la ciudad, pero necesitamos aplicar una norma para cuidar lo que se está haciendo. Por eso, junto al Intendente de Salto, sacamos una resolución que sanciona a los vecinos cuya conducta no se ajusta a como está quedando la ciudad. El espíritu de esto es establecer pautas concretas para que de a poco lleguemos a tener la ciudad que todos queremos”, dijo Fabián Bochia.
UN CAMBIO NECESARIO
Por su lado, el Encargado de Recolección y Barrido de la comuna, Fernando González señaló que “plasmamos sobre el papel algunas cosas que marcan un cambio en el servicio de recolección. A la vista de todos está el esfuerzo que viene haciendo el área. Después que el servicio de recolección esté cumpliendo con su deber concreto de recoger la basura, es momento que la administración empiece a exigirle a la población que cumpla con las normas de convivencia”.
Señaló que “por eso se redactó un decreto por parte del Intendente el cual está facultado para hacerlo, y vamos a detallar en qué consiste”.
1º Queda prohibido: a) arrojar, verter o depositar en la vía pública, plazas, playas, parques, paseos, terrenos baldíos, fondos de casas, edificios y en general en cualquier lugar no habilitado, toda clase de basura, residuos o desperdicios, tierra, escombros, papeles, envases, latas, aguas servidas, sobrantes de lavadero y todo otro elemento o sustancia que se hubiese desechado. b) Quemar o eliminar basurales, residuos o desperdicios por medios no autorizados, ya sea en la vía pública, en terrenos o en predios privados. c) Abandonar en la vía pública animales vivos o muertos.
2º. El que incumpliere con las prohibiciones establecidas en el artículo anterior, será sancionado con una multa de 2 Unidades Reajustables.
Tal multa se duplicará en caso de reincidencia, considerándose tal la comisión de 2 o más faltas dentro del plazo de 1 año.
3º Cuando para cometer la falta se haya utilizado de cualquier manera un vehículo la multa determinada será abonada junto con la patente de rodados. Salvo su pago antes de la fecha del vencimiento del tributo.
4º Transcurridos seis meses desde que quedara definitivo o firme el acto administrativo que impone una sanción sin que la misma hubiese sido abonada, se incorporará la misma para ser cobradas conjuntamente con los tributos que graven bienes del infractor.
5º Los residuos domiciliarios ubicados entre las avenidas Harriague y Barbieri deberán ser depositados en la vía pública para su recolección, los días de domingo a viernes en el horario de 20 a 22 horas.
Igual régimen se aplicará para los residuos de las fincas ubicadas dentro del perímetro comprendido entre las avenidas Paraguay, Viera, Costanera Norte y Barbieri, el horario para sacar los residuos a la vía pública será de domingos a viernes de 20 a 22 horas.
LOS SÁBADOS
El jefe de la Unidad de Recolección aclaró que “está prohibido para la población comprendida en esa zona sacar los residuos los días sábado, quien lo hiciere se le aplicará la sanción correspondiente”. Señalando que esa conducta “se ha vuelto un problema que vemos cada semana, donde los sábados las calles están repletas de basura”. Y añadió que cuando “haya una fecha como los días feriados, se avisará con anticipación la modalidad del servicio”.
En tanto, el Decreto dice en su artículo 6º: Los comercios e industrias de la ciudad de Salto deberán contar con contenedores que tengan la capacidad adecuada para el depósito de residuos.
7º Los residuos restantes de podas urbanas deberán ser colocados en las veredas de forma acondicionada, de tal manera que no perturbe el tránsito de los peatones ni de los vehículos. Dando noticia inmediata al Departamento de Servicios Públicos de la Intendencia de Salto, para su recolección.
PROLIJO
“El decreto entrará en vigencia luego de 10 días de ser publicado en el Diario Oficial y esperamos la colaboración de la población para que apliquemos las normas de convivencia y solucionar un problema que nos preocupa hace años como ciudadanos que es el tema de la basura de la vía pública”, dijo el funcionario.
Destacó que actualmente el servicio de recolección es “prolijo, acorde y con las herramientas necesarias para cumplirlo”. Y que “están organizando la manera en la que van a aplicar las sanciones”.
González informó que la Intendencia “no pretende hacer una cacería de brujas, no vamos a perseguir a la gente, pero aplicaremos las sanciones a las personas que podamos comprobarle que cometieron la falta”.
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