Direcciones Departamentales de Salud, recibieron las «Pautas para la atención integral de personas que ejercen el Trabajo Sexual»

En Uruguay, el trabajo sexual realizado por personas de 18 años o más es legal y actualmente su ejercicio se rige por la Ley Nº 17.515 del año 2002. En este marco, el sistema de salud debe contribuir a la mejora del abordaje integral de las personas trabajadoras y trabajadores sexuales (en adelante TSx). No es posible obviar la intervención de la autoridad competente en la garantía del ejercicio pleno de sus derechos y obligaciones laborales a partir de los 18 años. Ni en las normas internacionales ni en las nacionales es aceptada la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA), ni la trata de personas con fines de explotación sexual. En el marco normativo vigente, en particular la recientemente aprobada ley Nº 19.580/2017 de violencia hacia las mujeres basada en género, se entiende que esta es una forma de violencia sexual en la que resulta fundamental seguir construyendo herramientas para que pueda ser un tema reconocido y atendido