«Cultivador y vendedor» ilegal sentenciado

De acuerdo a información colectada y analizada por personal de Coordinación de la Áreas Investigativas, donde surge que un masculino domiciliado en calle Cattaneo Lorenzo (Ex Calle 7) Barrio Horacio Quiroga, el cual tendría plantación de «MARIHUANA», en una de las habitaciones de la finca se encontraría aproximadamente 20 plantas de «MARIHUANA», de las cuales a posterior comercializaría a diferentes personas que concurren a su domicilio. Mediante orden de allanamiento expedida por el Juzgado Penal se concurre al lugar, inspeccionada la finca se localiza varios envoltorios con sustancia vegetal compatible con marihuana, dinero en baja denominación y dos vainas calibres 22, se incautaron dos celulares uno del masculino y otro de la pareja de este.-

Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno de Salto se dispuso la condena de R.G.S.R. de 24 años de edad como autor responsable de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de negociación y/o venta en reiteración real con un delito de tenencia no autorizada de municiones a la pena de 2 (dos) años y 6 (seis) meses de penitenciaria efectiva.

N.M.G de 20 años de edad como autora responsable de un delito de asistencia al tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas a la pena de 20 (veinte) meses de prisión, que se sustituye por libertad a prueba (ley 19.889) consistiendo obligaciones en:

a. residencia en su domicilio denunciado; b. sujeción la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. «presentación en la seccional policial de su domicilio 1(una) vez por semana sin permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- estas medidas serán de 2(dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 3 (tres) meses. e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en de intervención.

Se dispone la confiscación de los celulares incautados, la confiscación de las sumas incautadas $ 500 y depósito por la autoridad policial. Se dispone la confiscación de las sustancias incautadas, remitiéndose a ITF para su análisis y posterior destrucción.